Fuente: FERMÍN REYES y RODRIGO VELARDE MIRANDA, Legarreta y Asociados, SC, [email protected] [email protected], Ciudad de México, Méx. www.legarreta.com.mx
Nuestro Sistema de Propiedad Intelectual se encuentra un tanto oxidado y no ha sufrido una reforma integral desde hace más de 20 años, por lo que requiere renovarse.
Esta posibilidad surgió en junio de 2012 en la cumbre de Líderes del G-20, en Los Cabos, Baja California Sur con la invitación para formar parte de acuerdo de Asociación Transpacífica (TPP por sus siglas en inglés) misma que fue aceptada con gran orgullo por parte del gobierno de nuestro país, que a pesar de no haber sentido una verdadera necesidad de diversificar el destino de su comercio, siempre se ha empeñado en tener la mayor cantidad de acuerdos comerciales posibles.
El TPP pretendió ser un acuerdo de última generación, en donde temas como comercio electrónico cobran una relevancia que el TLCAN no previó, al ser un texto de inicios de los años 90. El capítulo sobre Propiedad Intelectual abarca patentes, marcas, derechos de autor, diseños industriales, indicaciones geográficas, secretos comerciales, otras formas de propiedad intelectual y observancia de los derechos de propiedad intelectual, así como áreas en las que los países Parte acordaron cooperar.
El capítulo establece estándares para patentes, basados en el Tratado sobre los ADPIC de la OMC y en las mejores prácticas internacionales. Con respecto a las marcas comerciales, provee de protección a los nombres de marca y otros signos que las empresas y los individuos utilizan para distinguir sus productos en el mercado.
El capítulo también requiere cierta transparencia y garantías de debido proceso con respecto a la protección de nuevas indicaciones geográficas. Esto incluye la confirmación de entendimientos sobre la relación entre marcas comerciales e indicaciones geográficas, así como salvaguardias con respecto al uso de términos utilizados comúnmente.
Adicionalmente, el capítulo contiene disposiciones relacionadas con los farmacéuticos que facilitan tanto el desarrollo de medicamentos como la disponibilidad de medicamentos genéricos. Asimismo se reafirman los compromisos de los países Parte con la Declaración de la OMC de 2001 relativa al Tratado sobre los ADPIC y la Salud Pública, y en particular, se confirma que los países Parte no estarán impedidos para adoptar medidas para proteger la salud pública, incluso en casos de epidemias como la del VIH/SIDA.
Sobre los derechos de autor, el capítulo incluye disposiciones eficaces y equilibradas sobre medidas tecnológicas de protección e información sobre gestión de derechos.
El capítulo requiere a las Partes Adoptar o mantener un marco de puertos seguros de derechos de autor para proveedores de servicios de Internet (PSI). Se prevé la creación de medios legales para prevenir la apropiación ilegal de secretos comerciales, y establecer procedimientos y sanciones penales para el robo de secretos, inclusive por medio de robo cibernético y para la videograbación en salas de cine.
Todo queda en buenas intenciones, puesto que entre las acciones de política exterior que el próximo jefe de la Casa Blanca implementará es dejar la mesa de negociaciones de lo que el presidente electo ha llamado en diversas ocasiones “desastre potencial”. Al retirarse Estados Unidos, se pone en riesgo la entrada en vigor del tratado, por lo que prácticamente México estaría perdiendo el tiempo al continuar debatiendo su entrada.
Entre las acciones que México implementó en vías para ratificar el Acuerdo, es el de la implementación del sistema de oposición de marcas, sin embargo esto fue solo un efecto beneficioso que el TPP pudo traer para nuestro acartonado sistema. Siendo que este tipo de reformas antaño han servido como moneda de cambio en el foro internacional.
Referencias:
http://www.elfinanciero.com.mx/opinion/ley-mexicana-de-marcas-adios-a-las-no-tradicionales.html
http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/35623/TPP_resumen_ejecutivo_es.pdf