Por Fernando Raúl Murrieta y de la Brena Dávila
Si bien es cierto que los signos distintivos van abarcando cada vez más sentidos (tacto para tridimensionales, oído para auditivos y el tradicional signo visual), últimamente diferentes empresas han puesto atención en el marketing olfativo que este sentido nos permite explotar.
El ser humano, por su origen evolutivo, desarrolló el sentido del olfato-gusto (recordemos que son un solo sentido) para distinguir alimentos y diferenciarlos de los tóxicos; al ser humano, los olores le provocan sensaciones intensas. Además el poder del sentido del olfato tiene la fama de ser el más evocador para la memoria, ¿Qué mejor recurso para distinguir o destacar un producto en el mercado?
¿A cuántos de nosotros nos causa una sensación casi indescriptible el olor de un carro nuevo? Éste es un olor que se ha intentado reproducir repetidamente por la industria de los aromatizantes.
Otro ejemplo es el olor que se percibe al abrir una computadora nueva; ese olor peculiar que lo conforman ciertos elementos como plástico, metales, tintas, etc. Hoy en día empresas que se dedican a la industria de las fragancias tratan de desarrollar este tipo de aromas.
El problema de la representación.
Al presentar una solicitud de registro para un signo distintivo, se describe el signo ya sea fonéticamente, visualmente o ambas, pero en el caso de los signos distintivos con características olfativas no hay criterios apropiados para describir dicha característica aromática que se requiere para su distinción.
Por el contrario, en las marcas sonoras se cuenta con medios para describir el signo y apreciar su distintividad. Por medios electrónicos se puede almacenar y reproducir el sonido que se quiere registrar, incluso podemos representar en un pentagrama el sonido especificando las notas, el tiempo y el tono que se quieren proteger.
Esto no sucede con las marcas olfativas, ya que no se cuenta con un medio para definir sus características distintivas.
Por mencionar un ejemplo, podemos citar el acta No. 2115161 del Instituto Nacional de Propiedad Intelectual de la República de Argentina[1] que nos muestra como la empresa L´OREAL obtuvo en el año 2009 un registro en la clase No. 3[2] de la clasificación internacional del arreglo de Niza. Lo anterior nos muestra que empiezan a presentarse estas marcas.
Para concluir: el registro de una marca olfativa no es imposible, pero si difícil. Por lo tanto, las oficinas de registro tendrán que regular este tipo de signos distintivos cada vez más solicitados por la industria, al tratar de comercializar sus productos con base en este sentido tan poderoso y útil.
[1] http://www.inpi.gov.ar/ConWeb/ResultadosMarca.asp?Va=2115161&Vb=M&Vc=0&Vd=2270652
[2] Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos.