22 January, 2025 Revista Digital sobre Patentes, Marcas y Propiedad Intelectual

Así no registrarán su marca

Por Gabriel Ravelo Izquierdo

No se pueden registrar los nombres técnicos o de uso común de los productos o servicios, así como aquellas palabras que en el lenguaje corriente o en las prácticas comerciales, se hayan convertido en la designación usual o genérica de los mismos.

En ocasiones escuchamos que alguien pretende registrar una Marca y que para ello bastaría con cambiar una sola letra para que la autoridad responsable -en este caso el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI)- nos diera un título de Marca y así constituir un nuevo Derecho de Propiedad Intelectual.
Otros, pueden suponer que es suficiente añadirle un rasgo más a un logotipo para poder engañar a la autoridad y así obtener ese signo distintivo. O quizá imaginan que al agregar otras palabras a una denominación ya protegida, casi por arte de magia se tendría una nueva Marca.

Éstas y más hipótesis se vienen abajo en la realidad, ya que para proteger una Marca se necesita estar bajo el marco legal (Ley de la Propiedad Industrial en el caso de México) y en ese sentido, todo aquello que le contradiga culminará en una negativa de registro de la misma. En el presente artículo quiero ejemplificar las principales causas de negativa de un registro marcario. Para un mejor entendimiento dejaremos de lado los términos estrictos de los preceptos legales e iremos con ejemplos básicos, los cuales nos servirán para ilustrar los supuestos erróneos.

El primero de ellos se refiere a todo aquello que vaya en contra de la moral, de las buenas costumbres o del derecho. Como ejemplo cito lo siguiente: Se presentó una solicitud para registro de una Marca la cual serviría para amparar los servicios de restaurante, cuya denominación era “Burritos Chostomo”; esta última palabra, en el caló de los pobladores del área metropolitana del Distrito Federal y en algunos municipios de la República Mexicana, es sinónimo de miembro viril, por lo que el IMPI negó el registro marcario precisamente por ser contraria a la moral. Cabe mencionar y en referencia a este ejemplo, que la solicitud iba acompañada de un logotipo, el cual consistía en un burro, así que pensemos la imagen completa que se pretendía proteger: “Burritos Chostomo” y el burro sonriente, el cual ha sido catalogado a lo largo de los años por sus dotes viriles… razones por las cuales no prosperó dicho registro marcario.

Otra hipótesis es la siguiente: No se pueden registrar los nombres técnicos o de uso común de los productos o servicios, así como aquellas palabras que en el lenguaje corriente o en las prácticas comerciales, se hayan convertido en la designación usual o genérica de los mismos; es decir, si alguien quiere registrar para pantalones de mezclilla la palabra jeans, el Instituto negaría tal registro toda vez que es el nombre usual que los consumidores le damos a los pantalones de esa tela, por lo que sería necesario agregarle un distintivo si es que queremos usar la palabra genérica, de esto ejemplos hay muchos: Jeans Levi’s, jeans Furor, jeans Lee, entre otros.

La ley también prevé la variación caprichosa de las palabras o la variación ortográfica; se han presentado solicitudes que han querido engañar o sorprender a la autoridad, desde quien llega con un Yani Versache para engañar a los seguidores de Versace; quizá Navtica en lugar de Náutica, o la palabra odelar, que si lo separamos como O De la R sabemos que es la marca Oscar de la Renta. En fin, pueden ser denominaciones muy ingeniosas en donde muchas veces el talento mexicano resalta, pero eso implica que prosperen jurídicamente.

Otro de los casos frecuentes por el que se niegan las Marcas son las palabras descriptivas o indicativas que sirvan para designar la especie, calidad, cantidad, composición, destino, valor, lugar de origen de los productos o la época de producción; es decir, si me interesa proteger la Marca “Ropa con Clase” para vestuario, pues me negarían el mismo por indicar con el mismo nombre de mi Marca una cualidad de mi producto.

Éstas son algunas de las causales por las cuales el IMPI puede negar sus registros marcarios, razón por la cual y a manera de exhorto, se recomienda la creatividad, apostándole a los propios y que no se copien o imiten marcas, ya que se pueden tener graves consecuencias, desde multas hasta privación de la libertad, ya que la violación a Derechos de la Propiedad Intelectual son considerados como delitos. Más aún ¿de qué sirve estar trabajando con denominaciones que nunca llegarían a constituirse como derechos marcarios? Todo nuestro esfuerzo económico y de tiempo no serviría de much

Comparte tu opinión sobre este artículo

Comentarios

Related Posts

La Ley de la Propiedad Industrial y el Convenio de París como eventuales medios de obstaculización del desarrollo económico en México.

12 febrero, 2013

12 febrero, 2013

Por Efrain Hernández González  Para abordar el tema que se plantea, es necesario realizar un análisis al sistema de caducidad de...

Consideraciones para tomar en cuenta, en materia de Patentes.

23 agosto, 2012

23 agosto, 2012

Por Roberto Durán González Aún cuando existe un conocimiento básico de la existencia de las patentes entre la población en general,...

Protección para variedades vegetales

22 mayo, 2012

22 mayo, 2012

Por Carolina Bustos Un trámite de registro de esta naturaleza comienza con una solicitud que debe cubrir con los requisitos de...

Si su Marca trasciende, es una fortuna

26 julio, 2012

26 julio, 2012

Por Rodrigo Lanuza ¿Es posible que una empresa que comercializa vestuario para un nivel socio económico medio sin una planta de producción propia,...

Cómo defender una Marca en frontera

28 agosto, 2012

28 agosto, 2012

Por José Luis Ramos Desafortunadamente nuestro país tiene el muy dudoso honor de ser el cuarto lugar mundial en producción y consumo...

Las marcas genéricas

5 mayo, 2014

5 mayo, 2014 1

Sin duda alguna todo empresario busca que su marca o marcas logren niveles muy altos en la mente del consumidor,...

Secuestro de marcas

23 julio, 2012

23 julio, 2012

Por Mauricio Jalife Son ya muchos los casos de marcas reconocidas de empresas mexicanas que han sido materialmente secuestradas por ciudadanos de esos países,...

¿Qué pasó con el anunciado nuevo marco jurídico para las variedades vegetales en México?

3 octubre, 2012

3 octubre, 2012

Por José Antonio Romero / Becerril, Coca & Becerril, S.C. Después de cinco años de haber iniciado con la intención de...

Si es tequila, es de México

6 marzo, 2013

6 marzo, 2013

“UNA CADENA PRODUCTIVA ES TAN FUERTE COMO EL MÁS FUERTE ESLABÓN QUE INTEGRA ESA CADENA”; LA INDUSTRIA TEQUILERA REQUIERE FORTALECER CADA UNO...

La gestión de la PI como valor agregado

2 mayo, 2014

2 mayo, 2014

EL DIÁLOGO ABIERTO, ORGANIZACIÓN Y PREPARACIÓN EN EL TEMA DE PROPIE- DAD INTELECTUAL EN LAS INSTITUCIO- NES DEL ESTADO, ASÍ...

Mensaje del Director General de la OMPI

26 abril, 2014

26 abril, 2014

El Día Mundial de la Propiedad Intelectual, que celebramos cada año el 26 de abril, nos brinda la oportunidad de...

Urbanismo y derecho de autor

18 septiembre, 2012

18 septiembre, 2012

Por María de Lourdes Torres Lara /Indautor La protección a la obra arquitectónica abarca desde los diseños, planos o maquetas...

México se une al Sistema Internacional de Marcas

20 noviembre, 2012

20 noviembre, 2012

México se unió este lunes al denominado Protocolo al Arreglo de Madrid para el Registro Internacional de Marcas (Sistema  de...

Obtiene Tec de Monterrey la publicación de patente internacional

27 agosto, 2012

27 agosto, 2012

Luego de cumplir con los requerimientos solicitados por el Patent Cooperation Treaty (PCT) la solicitud de patente internacional de la...

La fuerza de la marca

29 abril, 2014

29 abril, 2014

Sin duda alguna las generaciones van cambiando y por ende se deben mostrar nuevas propuestas de productos y servicios, y...

Comments
Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.